jueves, 27 de octubre de 2011



Chaco:Ex soldados reclaman porque peligran sus pensiones....

Miércoles, 26 de Octubre de 2011 18:19
Los diputados Sánchez, Acostas y Peche recibieron a ex soldados que reclaman soluciones por las intimaciones que les estás cursando el Insssep y que podría derivar en un recorte en los beneficios que perciben.

 
Se trata de ex soldados beneficiados con los alcances de la Ley Nº 6347 que le otorga los beneficios de pensión y obra social, que fueron recibidos por los diputados de los bloques justicialista Ricardo Sánchez, de la Concertación Raúl Acosta y de la Alianza Carim Peche, a quienes plantearon la preocupación por las medidas que el Insssep está aplicando en el marco de la modificatoria de esta norma a través de la Ley Nº 6848, donde muchos beneficiarios se están viendo afectados desde hace un par de meses con intimaciones que incluirían un recorte de los beneficios.
En tal sentido, los diputados se comprometieron a aprobar una resolución dirigida al Instituto provincial que suspenda por 30 días estas intimaciones, hasta tanto se sancione una nueva norma que modifique la situación planteada por los ex soldados y además afirmaron que estarán en condiciones de tratar estas iniciativas el próximo 9 de noviembre.
El titular del bloque justicialista Ricardo Sánchez, explicó que “en la noche del martes, durante la reunión de labor parlamentaria, lo recibimos a Daniel Barrientos quien estuvo acompañado de otros dirigentes que nos plantearon el problema que están teniendo en cuanto a algunas intimaciones que están recibiendo por parte del INSSSEP, en cuanto a que si no presentan determinada documentación se les podría suspender el pago de la pensión que como todos sabemos, la Ley 6347 sufrió una modificación aprobada por unanimidad pero que terminó afectando algunos derechos, y que motivaron un proyecto que todavía no tiene aprobación por no haber tenido quórum la Comisión de Hacienda, pero que está siendo trabajada por los bloques”.
“Hasta que podamos tener la sanción d este proyecto y en este punto tenemos un inconveniente que escapa a la Legislatura, ya que el próximo miércoles es feriado nacional y no sesionaremos nuevamente hasta el 9 de noviembre, donde recién podremos tratar este proyecto”, advirtió.
“Mientras esto sucede hemos acordado entre los bloques un proyecto de resolución donde solicitamos que durante 30 días se suspendan lo que tiene que ver con intimaciones y descuentos a quienes fueron beneficiados por la Ley 6347 y modificatoria, hasta tanto la Legislatura avance en el análisis, despacho y votación del proyecto de Ley Nº 2778 y su agregado 3359, estas son las iniciativas radicadas actualmente en la Comisión de Hacienda y serían tratadas el miércoles 9 de noviembre”, dijo.
“Con esto más allá de la resolución mencionada, hacemos el compromiso de hablar con las autoridades del Insssep para que esta resolución tenga vigencia y para que por 30 días se suspenda lo que hace a las intimaciones para hacer un parate al tema de los descuentos y por otro lado estamos trabajando para que el 9 de noviembre se trate la modificación de la ley, independientemente cual sea la iniciativa que se vote, una de ellas es de mi autoría y la otra del diputado Sergio Vallejos, con esos dos proyectos veremos si tenemos un despacho unificado en este tema”, señaló.
Por su parte, Daniel Barrientos, Presidente del Sector de los Movilizados al Sur, señaló “en el grupo que lidera existía una disconformidad ante la aplicación por parte de las autoridades del INSSSEP de una ley que nos perjudicaba que en algunos casos nos recortaba la pensión y en un gran número habían sido desafectados de este beneficio ya sea en la pensión o en la obra social, lo que motivó nuestra presencia hoy acá para reclamar por nuestros derechos”.
“Desde diciembre del 2010 estamos percibiendo las pensiones por lo que establece la Ley 6347 y veníamos gozando de estos beneficios hasta que hace un par de meses nos encontramos con otra ley que es bastante complicada para nuestro sector que nos aplica una serie de recortes y una exclusión de beneficios sobre un total de 428 pensiones otorgadas con este beneficio que da la ley 6347, de las que quedaría sólo un 10 por ciento de este total y los demás quedarían excluidos”, explicó.
Finalmente, Barrientos destacó la actitud asumida por los distintos bloques “que reconocieron el error de aplicar una ley que es perjudicial para nuestro sector, pero destacamos que los legisladores cumplieron con el dictado de una resolución que se dirige al INSSSEP para frenar el recorte de los beneficios y por otro lado públicamente quedo demostrado el compromiso que el día 9 de noviembre sancionen una ley que nos devuelve legalmente los beneficios obtenidos”.
El pedido al Insssep
El proyecto de resolución Nº 3946/11 se dirige al presidente y Directorio del Insssep con el objeto de peticionar, se sirvan disponer con carácter de urgente y por un término no mayor a 30 días, la suspensión de intimaciones y descuentos a los ex soldados conscriptos convocados y movilizados beneficiados por la Ley N° 6.347 y modificatoria Ley N° 6.848, hasta tanto esta Legislatura Provincial avance en el análisis, despacho y votación del Proyecto de Ley N° 2778/11 y su agregado el Proyecto de Ley N° 3359/11, radicados ante la Comisión de Hacienda y Presupuesto de este Poder.-
La iniciativa está firmada por el titular del Parlamento chaqueño Juan José Bergia y los diputados Jorge Varisco, Carim Peche, Raúl Acosta, Carlos Martínez, Ricardo Sánchez y Fabricio Bolatti.
Las distintas propuestas de modificación a la Ley Nº 6347
El proyecto de Ley Nº 2778/11, autoría del diputado aliancista Sergio Vallejos, establece que “el beneficio otorgado por el Artículo 1° de la Ley 6347, a favor de los ex soldados conscriptos convocados y movilizados por el distrito militar Chaco (DM Chaco) a la zona de despliegue continental al sur del paralelo 42° y que no hayan tomado parte de las operaciones militares en el archipiélago será el equivalente al cien por ciento (100%) que otorga la ley 6.010 a la categoría 7-grupo 1 para el personal del Poder Ejecutivo y su correspondiente sueldo anual complementario (S.A.C.)”.
Por su parte, el proyecto Nº 3359/11, autoría del titular del bloque justicialista Ricardo Sánchez propone la modificación de los artículos 1°, 2°, 3° y 8° e incorporase el 9° de la Ley 6347, señalando que el beneficio mensual, tendrá un monto equivalente al 30 por ciento de la Categoría 7, Personal de Servicio, Grupo 1, del Escalafón para el personal del Poder Ejecutivo, ley 1276 texto vigente, no será retroactivo y se hará efectivo a partir de la aprobación del mismo, previa asignación de los recursos previstos en el artículo 5° de la presente ley y este beneficio será equivalente al 50 por ciento de la mencionada categoría en caso de ex soldados conscriptos convocados y movilizados por el Distrito Militar Chaco a la zona de despliegue continental al sur del paralelo 42 TOAS (Teatro de Operaciones del Atlántico Sur) y que no hayan participado de las operaciones militares en el TOM (Teatro de Operaciones Malvinas).-
En la modificación propuesta al artículo 2º se agrega que corresponderá el beneficio creado en la presente a quienes acrediten su condición de acuartelados, convocados o movilizados al sur del paralelo 42 TOAS mediante certificación extendida por el Ministerio de Defensa de la Nación o cualquiera de las Fuerzas Armadas y su residencia en la Provincia con anterioridad al 2 de abril de 1.982 y que la certificación será cotejada con el listado oficial requerido al Ministerio de Defensa de la Nación o Fuerzas Armadas para el caso de movilizados al sur del paralelo 42 TOAS.
En lo referido a la modificación al artículo 3º, se menciona que la pensión establecida en la presente ley, será incompatible con cualquier otro beneficio de carácter previsional otorgado por la Nación, la Provincia o los municipios , como también incompatible con ingresos mensuales superiores a los establecidos a continuación :
a) Monto superior a un (1) salario mínimo, vital y móvil hasta el 31 de Julio del año 2012.
b) Monto superior a tres (3) salarios mensuales mínimo, vital y móvil hasta el 31 de enero del 2013, fecha en la que dejará de operar dicho límite.
Para el caso de ex soldados a que refiere el 3er. Párrafo del artículo 1° de la presente, sólo será de aplicación la incompatibilidad con otro beneficio previsional o ingresos mensuales superiores a tres (3) salarios mínimo, vital y móvil hasta el 31 de enero de 2013, fecha en la que dejará de operar dicho limite.
Finalmente, menciona que se extenderán los beneficios de la presente ley a la esposa o concubina de los beneficiarios conforme lo determine la reglamentación.

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