lunes, 30 de mayo de 2011


 ALREDEDOR DE 50 PERSONAS MARCHARON POR LAS CALLES DE COMODORO RIVADAVIA Y QUEMARON UNA BANDERA INGLESA
Organizaciones sociales repudiaron la llegada de dos barcos británicos
El Normand Baltic y el Stena Drillmax, atracaron ayer en el puerto de Comodoro Rivadavia. Fueron contratados por la operadora YPF para realizar tareas de exploración petrolera en la Cuenca Malvinas. Según explicaron los manifestantes esta flota fue repudiada en Mar del Plata por ingresar con bandera inglesa, lo que motivó que cambiaran sus símbolos por una bandera de Chipre y una Noruega, de manera respectiva.
Los manifestantes quemaron una bandera inglesa en el acceso al puerto de Comodoro Rivadavia donde se encuentran amarrados los barcos contratados por YPF.
Indignados se mostraron ayer alrededor de 50 personas de diferentes organizaciones sociales que encabezaron el repudio contra los dos barcos de origen británico que llegaron al puerto de Comodoro Rivadavia contratados por la operadora YPF.
Según explicaron los manifestantes a Diario Patagónico, esta flota integrada por los barcos de perforación Stena Drillmax y Normand Baltic, entre otros, fueron repudiados en Mar del Plata por ingresar con bandera inglesa.
“De Mar del Plata tuvieron que huir después del repudio y aparecieron dos meses después en el puerto de Ensenada cambiando su bandera inglesa por una bandera noruega”, explicó a Diario Patagónico Toni López de la Agrupación Resistencia Patriótica.
“Estos barcos no podrían estar amarrados aquí porque su presencia está en contra del bloqueo de la UNASUR (Unión Suramericana de Naciones) y en contra de las mismas leyes argentinas, pero a través de un decreto del ministro de Planificación Federal (Julio) De Vido  y a través de la complicidad de empresas argentinas y funcionarios argentinos han iniciado la explotación en las islas Malvinas en sociedad con Inglaterra y utilizando barcos ingleses”, acusó.
La denuncia de la presencia de estos barcos en Mar del Plata fue impulsada por el grupo Ulises, de defensa de la soberanía sobre el Atlántico Sur, del cual forma parte el político de extracción peronista Mario Cafiero quien realizó una denuncia a la Justicia Federal.
Una vez que la flota  se retiró del puerto marplatense llegó a Ensenada donde se produjeron incidentes en las oficinas de YPF por la presencia de ambos barcos que recalaron con bandera noruega.
“Ellos pretenden que nos olvidemos que dos buques de la compañía Stena participaron de la flota inglesa reparando los barcos ingleses en medio de la guerra de Malvinas”, recordó López
A la protesta de ayer en Comodoro Rivadavia se acercaron autoridades de la regional sur de la Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut (ATECh) y también veteranos de guerra que se mostraron indignados por esta situación.
“Me enteré hace pocas horas a través de las redes sociales y nos convocamos en esta esquina para repudiar la presencia de estos buques de bandera inglesa. Yo creo que es mi obligación moral y ética venir a manifestarme como veterano de Malvinas”, explicó el ex combatiente Daniel Rocha.
“Tengo mucha bronca porque los argentinos permanecemos tan fríos ante estos acontecimientos. Hechos como estos hay que hacerlos resaltar y no permitir que el gobierno haga las cosas que no debe hacer y más en estos tiempos que tenemos tanta falta de identidad como argentinos”, agregó.
Luego de la convocatoria en la intersección de Pellegrini y San Martín, la manifestación se dirigió al puerto, que permanecía custodiado por personal de Prefectura. Allí los manifestantes quemaron una bandera inglesa dejando en claro que la soberanía no se vende.

domingo, 29 de mayo de 2011


Asociación Civil Paracaidistas de Malvinas y Otras Armas de Misiones
Homenaje a todos los soldados que defendímos la Soberanía en todo el territorio Argentino entre el 02 de abril y el 14 de junio de 1982, durante el conflicto Bélico con Gran Bretaña e Irlanda del Norte por NUESTRAS Islas Malvinas 


viernes, 27 de mayo de 2011



LOS EX SOLDADOS TENDRÁN SU HOMENAJE EN EL REGIMIENTO


En el marco de los festejos por el Día del Ejército, que se celebra el domingo venidero, la jefatura del Regimiento de Caballería Ligera XIII dispuso que el fin de semana se destinará a jornadas de puertas abiertas.

General Pico - Estando previsto que mañana se realice un homenaje a todos aquellos hombres que fueron soldados conscriptos en esa repartición militar.
El segundo jefe, mayor Daniel Arona anunció que “como el 29 se celebra el día del Ejército, para el fin de semana el Regimiento organizó una serie de actividades que comienzan el sábado (por mañana) y terminan el domingo. El sábado, a las 9 de la mañana se realizará una formación para la cual se ha convocado, a través de los medios periodísticos, a todas aquellas personas que fueron soldados de este Regimiento, con el fin de que puedan participar activamente de la misma, no como meros espectadores”.
Insistió en que para la actividad “se convoca a todos los ex soldados, porque nos parece que es interesante que puedan desarrollar una tarea que hace mucho que no hacen. Terminada la formación habrá una recorrida, las puertas del Regimiento estarán abiertas, se expondrán los vehículos y habrá paseos en esos rodados, de los cuales podrán participar los ex soldados, pero también la comunidad en general”.
“Sabemos que muchos ex soldados no podrán estar presentes porque tienen sus compromisos, pero aspiramos a que vengan la mayor cantidad posible, ya que los esperamos porque para el Regimiento será una jornada muy especial”, recalcó Arona.
Reveló que para la tarde del sábado “recibiremos a chicos de los jardines de infantes, que también recorrerán las instalaciones y podrán disfrutar de los paseos, además de otras actividades como pasar algunas horas en el Regimiento”.
Sostuvo además que para el domingo está previsto que las puertas se abrirán a partir de las 11 “y allí comenzaremos con las actividades, que se iniciarán con un partido de Polo, donde participará el equipo del Regimiento, y desde allí en más habrá una demostración de lanceo y sableo y posteriormente un concurso de salto, para el cual se ha convocado también a jinetes civiles, para que participen junto a los del Regimiento. Seguirán los paseos en vehículo y está prevista una pista de combate infantil. Esta actividad se extenderá durante todo el día y, obviamente, la comunidad está invitada”.

jueves, 26 de mayo de 2011


URGENTE :

CONVOCATORIA A LAS ASOCIACIONES QUE INTEGRAN EL SECTOR DE VETERANOS CONTINENTALES DEL PAÍS A CONGREGARNOS FRENTE AL CONGRESO NACIONAL A LAS 17 HS.

LUNES 30, 16 HS .- CONCENTRACION DE ASOCIACIONES Y REFERENTES FRENTE AL CONGRESO NACIONAL.-

LUNES 30, 17 HS .- CONCENTRACION Y MARCHA DESDE EL CONGRESO NACIONAL.

MARTES 31, 10 HS.- ENCUENTRO DE REFERENTES PARA DEFINIR POSTURAS QUE SERAN PRESENTADAS ANTE EL GOBIERNO NACIONAL .- (CASABLANCA , FRENTE A LA CAMARA DE DIPUTADOS).-


CONVOCATORIA A TODAS LAS ASOCIACIONES

LAS ASOCIACIONES QUE COMPONEN EL SECTOR DE VETERANOS CONTINENTALES SE REUNIERON EN BS AS , LOS DIAS 16 Y 17 DE MAYO CON EL OBJETIVO DE ORGANIZAR UN ENCUENTRO PARA EL DIA 30 DEL MISMO MES. ESTE PLENARIO DE REFERENTES DECIDIO EN FORMA MAYORITARIA CONVOCATORIA Y PLAN DE LUCHA PARA EL DIA 30 DE MAYO, LO QUE SE LLEVARA A CABO A APARTIR DEL DIA LUNES 30 DESDE LAS 10 DE LA MAÑANA FRENTE AL CONGRESO DONDE SE CONVOCARAN TODAS LAS ASOCIACIONES DEL PAIS QUE COMPONEN ESTE ESPACIO, ES IMPORTANTE DE DESTACAR QUE EN LA REUNIÓN DEL 17 ESTUVIERON, OGAS Y CHASAMPI POR TUCUMAN, ORMEÑO POR LA RIOJA, CURBELLO Y ARRAMBIE POR LA BONAERENSE, QUIROGA POR CAMPANA, STREVEZZA POR ZARATE, GUZMAN Y MARQUEZ POR SOLCOYM, CAÑETE POR MISIONES, MEDINA POR EL CHACO, CARRIZO POR SGO DEL ESTERO, OJEDA Y GIMENEZ ENTRE OTROS POR LA MESA FEDERAL ( BS AS), ADEMAS SE AGREGO ENTRE RIOS, SAN JUAN , CORRIENTES, SALTA, ESQUIVEL Y POSETTO POR SANTA FE, ENTRE OTROS.

LOS QUE DECIDIERON QUE EL DIA LUNES 30 DE MAYO SE RETOMA EL PLAN DE LUCHA POR LO QUE CONVOCAMOS A TODAS LAS ASOCIACIONES DEL PAIS AL CONGRESO NACIONAL A PARTIR DE LAS 10 HS.-

miércoles, 25 de mayo de 2011

Movilización 30/05/2011

Nos concentramos en Avenida 9 de Julio y Avenida de Mayo a las 17 hs.
no faltes
Marchamos por nuestros derechos. 

sábado, 21 de mayo de 2011




 
Reglamentaron la ley para soldados continentales



Los soldados deberán acreditar que entre los días 2 de abril y 14 de junio de 1982 permanecieron en el territorio continental.
Sierra Grande. Los miembros de la Mesa del Soldado Continental, Eduardo Díaz y Denis Hirn, manifestaron su satisfacción por la aprobación mediante decreto de la reglamentación de la Ley Nº 4.626 que crea el registro de Soldados Continentales.
El Gobierno provincial anunció que el gobernador Miguel Saiz aprobó mediante decreto suscripto en la fecha, por el que se crea el Registro Provincial de Soldados Convocados Continentales dentro de la órbita de la dirección general del Registro Civil y Capacidad de las Personas.
Ese registro incluirá datos personales, de destino durante la gesta de Malvinas, certificación de la Fuerza Armada a la cual haya revestido e informe socioeconómico del grupo familiar del ex soldado.
Una vez finalizada la etapa de compilación o vencido el plazo para ello, junio de 2011, la autoridad de aplicación elevará al mandatario provincial y al presidente de la Legislatura, un informe final que dará cuenta de los datos registrados y de las necesidades detectadas en los ciudadanos registrados y sus grupos familiares, señala la información emitida por el Gobierno provincial.
Díaz explicó que el registro contempla a todos los ex soldados conscriptos en las clases 1962, 1963 y clases anteriores prorrogadas, quienes fueron incorporados, convocados, movilizados, desplazados o de alguna otra manera se encontraban bajo bandera en cumplimiento del Servicio Militar Obligatorio.
Más requisitos señalan que los soldados deben acreditar que entre los días 2 de abril y 14 de junio de 1982, permanecieron en el territorio continental y hacer constar un mínimo cuatro años de residencia en Río Negro.
También las esposas de los ex soldados que hubieran fallecido, podrán acceder al registro y las acciones que de ellos deriven.
La ley beneficia a soldados que permanecieron en territorio bajo bandera.

jueves, 19 de mayo de 2011



OTRA VEZ, LOS PIRATAS ESTAN SIENDO ATENDIDOS EN EL PUERTO DE BS. AS.(ENSENADA)

Atención: Otra véz, los PIRATAS están siendo atendidos en el PUERTO DE Bs. As. (Ensenada).
Como corolario de la entrega de nuestra soberanía, El gobierno habla  de no bajar los brazos por el reclamo sobre nuestras Islas Malvinas.... Y Permíte que los BUQUES BRITÁNICOS lleguen a nuestras darsenas... ¿¿¿...???
ÚLTIMO MOMENTO: LOS BARCOS PETROLEROS BRITÁNICOS OTRA VEZ EN BUENOS AIRES. NORMAND BALTIC
Position Recorded on: 5/18/2011 2:39:06 AM (UTC)
Lat/Lon: -34.763771 / -57.81815
Speed/Course: 11.4 kn / 52° a la altura de ENSENADA.
 
Esta gente esta gobernando el país y...¿¿¿ quiere una re elección???





coNCEJAL DE JOSE C. PAZ CON EX SOLDADOS CONSCRIPTOS


La concejal del Frente para la Victoria de José C. Paz, María Ofelia Villarreal se reunió esta semana con los ex soldados conscriptos bajo bandera, en el conflicto por la recuperación de las Islas Malvinas, que están apoyados y reconocidos y representados moralmente por la Asociación de Veteranos de Guerra de San Miguel.
La reunión se extendió por largas horas, donde se hablo de aspectos de la sociedad y las necesidades que están atravesando, la edil se interiorizo en los distintos reclamos de trabajos dignos y salud de los ex solados.
La necesidad de poseer una vida moral social económicamente digna como asi también los beneficios necesarios de ciudadanos especiales.
La concejal apoya incondicionalmente la lucha de estos ex soldados por promover y divulgar su lucha por ser reconocidos por la comunidad.

domingo, 15 de mayo de 2011



              
   A. B. E. S. A. 1982
                                                       CIUDAD de
 OLAVARRÍA
 
                                   “Una Obligación, es proporcional a un Derecho”
 
SOBRE LOS DERECHOS:
 
                                        DERECHO CONSUETUDINARIO
 
CARTA ORGÁNICA DE NACIONES UNIDAS.
Art. 51. Ninguna   disposición  de  esta  carta  menoscabará   El derecho inmanente de legítima defensa, individual o colectiva, en caso de ataque armado contra un miembro de Las  naciones  Unidas,  hasta  tanto  que  el  Consejo de seguridad haya tomado las medidas necesarias para mantener la Paz y la seguridad internacionales.
Las  medidas  tomadas  por  los miembros en ejercicio del derecho de legítima defensa, serán comunicadas inmediatamente al Consejo de Seguridad, y no afectaran en manera alguna la  autoridad y  responsabilidad  del  Consejo  conforme a la presente carta para ejercer  en  cualquier momento la acción que estime necesaria con el fin de mantener o restablecer la Paz y la seguridad Internacionales.
 
El  derecho  Internacional  Humanitario  consuetudinario  y  el  derecho  de  los tratados, son las principales fuentes del derecho Humanitario.
Una norma es consuetudinaria si refleja  la práctica de los Estados, pues tiene Fuerza obligatoria  para  todos  Los  Estados. En  consideración, los cuatro (4) Convenios de Ginebra  de  1949  y  sus  dos  protocolos  adicionales  de  1977,  son  los principales Instrumentos del Derecho Humanitario Internacional.
 
Los   Convenios   de  Ginebra   de  1949  y  sus  Protocolos  adicionales,  son  tratados internacionales, obligan a Los Estados, aún no hayan adherido, por carta jurídica interna o de intención Internacional. (ONU)
 
Derecho Internacional Humanitario. “Sobre los conflictos armados”  
 
FINALIDAD:
 
A.- Limitar la Barbarie de la Guerra.
B.- Limitar el sufrimiento de las personas afectadas a los conflictos armados.
C.- Aliviar la suerte de los heridos y enfermos.
 
 
D.- Proteger a las personas no partícipes.
E.- Mejorar la protección jurídica y física de los civiles.
F.- Protección de los Bienes culturales.
G.- Protección del medio ambiente.
H.- Limitación en el uso de armas.
 
Protocolo I  Art. 57 Las operaciones militares se realizarán con un cuidado constante de preservar a la Población civil, a las personas civiles y a los bienes de carácter civil.
 
Protocolo I Art. 51, párrafo II Preservar de ataques a la población civil como tal, ni a  las personas civiles.
Quedan Prohibidos los actos o amenazas de violencia cuya finalidad sea aterrorizar a la población civil.
 Servirse de ver Estatuto del combatiente Art. 43 y 44. (ley 24.668)
Hermógenes González.
ABESA 1982.
Secretario. 
 

sábado, 14 de mayo de 2011


LAS CLAVES PARA EL RECONOCIMIENTO:

Hemos venido observando con atencion los hechos que se estan sucitando en materia de gestion en los ultimos meses, a partir del mismisimo fallo de Cordoba, pasando por los diferentes fallos que fueron aprobados por la justicia y que alcanzaron un importante notoriedad. Si bien estuvimos sometidos durante muchos años a la mas tremenda mentira de parte del Estado quien nos negaba nuestro reconocimiento, estado que de la mano de los comunicadores sociales que impunemente servian de falsos testigos para ocultar la verdad no solo de lo que paso en malvinas , tambien despues de malvinas siguieron malversando su historia y nuestro merecido reconocimiento. 
Tanto el estado como a los comunicadores sociales en un acto de Ignorancia Supina se ocuparon de desvirtuar la verdad y esto nos llevo a perder años de lucha por nuestro reconocimiento y hoy tenemos la firme conviccion que estamos llegando al final de esta triste historia.
Donde esta la clave de nuestro reconocimiento ? Es la lucha que llevamos en la calle para que el Estado ponga de una vez por toda la mirada en nuestro reclamo, Esta en el terreno legal donde ya el Estado obtuvo dos reveses? La respuesta la tendremos en breve porque de lo que estamos totalmente convencidos que hemos llegado al final del camino, ya el Estado no puede seguirnos mintiendo mas, los argumentos estan a la vista y los veniamos diciendo de hace años por eso hoy la justicia apunta a declarar inconstitucional el Decreto 509 y volver a lay 23.109 que es el Genesis legal de esta cuestion.-
Para Analizar:
QUIENES SON COMBATIENTES?

28-02-1989 Revista Internacional de la Cruz Roja No 91, pp. 47-54 por Jean de Preux
Estatuto de combatiente y de prisionero de guerra

A. PRINCIPIOS GENERALES

Los miembros de las fuerzas armadas de una Parte en conflicto son combatientes, con excepción del personal sanitario y religioso y del personal militar de la protección civil (Reglamento de La Haya, art. 1 y 3; P. I, art. 43, 67), y sólo los miembros de las fuerzas armadas son combatientes.
LA RESPUESTA ES CLARA, TODOS LOS SOLDADOS QUE FORMARON PARTE DEL EJERCITO QUE PELEO POR MALVINAS MAS ALLA DE SU UBICACION GEOGRAFICA Y HABIENDO PORTADO EL UNIFORME QUE LO DISTINGUIA COMO PARTE DE AQUEL EJERCITO FUERON COMBATIENTES Y TENIAN DERECHO A PARTICIPAR DE LAS HOSTILIDADES.- (TENGAMOS EN CUENTA QUE SE HABLA DE PARTICIPACION Y TENEMOS QUE DEFINIR LEGALMENTE QUE SIGNIFICA PARTICIPAR EN UN CONFLICTO)
QUIENES TIENEN DERECHO A PARTICIPAR EN LAS HOSTILIDADES?Los combatientes tienen derecho a participar directamente en las hostilidades(P. I, art. 43), es decir, a realizar actos de guerra que por su naturaleza o su finalidad están dirigidos directamente contra los combatientes o los otros objetivos militares de las fuerzas armadas adversas.
Todo combatiente que caiga en poder de una Parte adversa es prisionero de guerra (C. III, art. 4; P. I, art. 44).

AHORA QUE DICE LA 23.109 O MEJOR DICHO A QUIEN ALCANZABA ESTA LEY?


Ley nacional 23.109/84 – Beneficios a ex combatientes
Sanción: 29 de Septiembre de 1984
Promulgación: 23 de Octubre de 1984
Personas Comprendidas:
Articulo 1: Tendrán derecho a los beneficios que acuerda la presente ley los ex soldados conscriptos que han participado en las acciones bélicas desarrolladas en el Atlántico sur entre el 2 de Abril y el 14 de Junio de 1982.-

Nuevamente se habla de la participacion, al igual que la Convencion de Ginebra que describe como combatientes a todos los integrantes de la Fuerza sin excpecion, y que estos tienen derecho a PARTICIPAR DE DIRECTAMENTE DE LAS HOSTILIDADES. (OJO DICE SON COMBATIENTES QUIENES TIENE DERECHO A PARTICIPAR, NO DICE QUIENES PARTICIPARON DE LAS HOSTILIDADES , Y ACLARA QUE QUIENES FORMAN PARTE DE LA FUERZA Y SE DISTINGAN CON EL UNIFORME DE AQUELLA TIENEN DERECHO A PARTICIPAR , O SEA TODOS LOS SOLDADOS QUE INTEGRARON EL EJ ARGENTINO QUE PELEO POR MALVINAS)

ENTONCES:
A)LA CONVENCION DE GINEBRA DICE TODOS LOS SOLDADOS QUE INTEGRAN LA FUERZA SON COMBATIENTES Y TIENEN DERECHO A PARTICIPAR DE LAS HOSTILIDADES.-
B) LA 23.109 FUE ECHA PARA TODOS LOS SOLDADOS QUE PARTICIPARON EN EL CONFLICTO BELICO DEL ATLANTICO SUR

AHORA BIEN CUANTO TIEMPO CREEN QUE PUEDE SOSTENER EL ESTADO A UNA BUENA ESTRATEGIA LEGAL PARA CONTRARRESTAR ESTE ARGUMENTO?
A) FUI SOLDADO DEL EJERCITO ARGENTINO QUE PELEO POR MALVINAS.-
B)TUVE DERECHO A PARTICIPAR DEL CONFLICTO
C)EN EL AÑO 1984 SE APROBO UNA LEY PARA SOLDADOS CONSCRIPTOS QUE PARTICIPARON EN EL CONFLICTO BELICO DEL ATLANTICO SUR Y FUI EXCLUIDO.-
LA CLAVE ESTA EN QUE NUESTRA DEFENSA HAGA HINCAPIE EN QUE SIGINIFICA PARTICIPAR EN LAS HOSTILIDADES, PORQUE LOS GRADOS DE PARTICIPACION PUEDEN SER DIVERSOS, DISTINTO HUBIERA SIDO EL CASO SI LA 23.109 HABLARA DE LOS SOLDADOS QUE ESTUVIERON BAJO FUEGO ENEMIGO Y QUE SOLO PARA ELLOS CORRESPONDIA EL RECONOCIMIENTO DE ESTA LEY, POR ESO Y BASADOS EN LA ESTRATEGIA LEGAL DE LA DEFENSA DE CORDOBA QUE PIDE LA INCOSNTITUCIONALIDAD DEL DECRETO 509 QUE POR LOS DOS FALLOS ANTERIORES ESTAMOS CASI CONVENCIDOS QUE NO PODRA LA JUSTICIA CAMBIAR ESTE DIRECCIONAMIENTO LEGAL, SUMADO A ESTO LA BATALLA QUE LLEVAN ADELANTE LOS MUCHACHOS FRENTE AL CONGRESO CREEMOS QUE VAMOS DESCIFRANDO LAS CLAVES PARA EL RECONOCIMIENTO.-

ASOCIACIONES DEL NORTE





Veteranos de guerra buscan reconocimiento nacional“No somos héroes, pero queremos igualdad de leyes”
Viernes 13 de Mayo de 2011 A pesar de no combatir, deben acceder a beneficios.
Daniel Carrizo, titular de la Asociación “2 de Abril”, en LV11.Otro de los invitados que se hizo presente en los estudios de Actualidad Política fue el titular de la Asociación “2 de Abril”, Daniel Carrizo, quien se refirió al acampe sobre avenida 9 de Julio, en Buenos Aires, que fue “producto” de una reunión que se concretó el 30 de abril, cuando los referentes nacionales determinaron asumir esta medida para poder acceder a beneficios varios, quienes buscan una equiparación ante las leyes, a pesar de no haber pisado el suelo de las islas.
Fue el ministro del Interior, Florencio Randazzo, quien en reunión con los representantes de este movimiento, no les brindó ningún tipo de solución al respecto, por lo que al criterio de Carrizo, “tendría que leer la Convención de Ginebra para poder opinar, porque tiene gran ignorancia de lo que es un combatiente”, detalló que el país de adhiere a esta Convención desde hace muchos años.
En este sentido, destacó que la palabra combatiente no hace específica referencia a “aquella persona que combatió, sino que es aquel integrante de la fuerza armada que por el solo hecho de portar el uniforme de uno de los ejércitos tiene derecho a participar del conflicto, por lo cual nosotros sabemos que el conflicto no estaba centrado solamente en las islas Malvinas, sino en todo el país”.
Carrizo explicó que lo que se busca es una equiparación en las leyes de manera que “se nos pueda incorporar a las leyes vigentes y a los beneficios que implica todo esto”, agregó que “somos ex soldados que no tenemos el alcance de la ley”.
Carrizo explicó ante los micrófonos de LV11 que en el año 1982 el Gobierno nacional “los puso” a los 18 años frente al conflicto, conociendo las consecuencias de la postguerra, “y si querían, nos daban la baja para evitar todos estos conflictos que hoy tienen y no querer reconocernos, porque no estamos diciendo que somos héroes, sino que queremos igualarnos ante las leyes”.
A esta corta edad, Carrizo explicó que tanto él como sus compañeros de diversas provincias asumieron responsabilidades que no deberían haberse presentado. Agrego luego “Somos 40 mil los que participamos en aquella guerra y que hasta el día de hoy no fuimos reconocidos”.
Por otra parte, detalló que la próxima semana se organizó una nueva manifestación en el mismo lugar, “esta vez no daremos marcha atrás” a la espera de una respuesta por parte de los funcionarios nacionales.-


fuente nuevo diario sgo del estero

Malvinas: Islas Malvinas 29 años después todavía se ven expuestos a peligros de artefactos explosivos argentinos sin detonar.

El destacamento de servicios explosivos artefactos disposición, EOD,  Islas Malvinas, recientemente se trasladó desde su sede campamento de Mirador en la capital Puerto Argentino (Stanley) a la base militar británica en Mount Pleasant.
Aunque cuatro campos minados fueron despejados de más de 1.200 minas durante el verano 2009/10, Puerto Argentino, así como varios asentamientos al este occidental de las islas  todavía están rodeadas de campos minados.
 
Sin embargo, la dedicación del personal de la EOD en todos estos años ha mantenido la población de las islas seguro.
Más de 1.000 minas antipersonales argentinas, 80 minas anti vehículos y 1.000 trampa fueron eliminadas en 30 campos minados inmediatamente después de la guerra de 1982.
Nota  de ACPMOAM: Traducción  de stucka
Todas las minas colocadas por las fuerzas británicas UK en cinco campos de minas antipersonales en el Aeropuerto de Puerto Argentino entonces (Hoy, RAF Stanley) se levantaron inmediatamente después del cese de las hostilidades.
La EOD han mantenido viva conciencia sobre los peligros de las municiones sin explotar durante estos años, y regularmente visitan las escuelas  enseñando e informando de las consecuencias de interferir con los elementos descubiertos en o alrededor de los campos de batalla, o la estupidez de entrar en un campo minado.
Incluso mostrándoles una maqueta sangrienta de un pie cortado a Los niños de las Islas Malvinas (Falklands) para asegurarse de que seguirían las estrictas normas de marcado del paradero de elementos sospechosos por lo que podrían abordarse con seguridad.
 heridos-en-el-muro-del-sahara
El equipo JSEOD basado en Puerto Argentino (Stanley) ha tratado con más de 2,8 millones de artículos de artefactos: balas, cohetes y granadas para bombas, cohetes y granadas de mortero desde el final del conflicto por NUESTRAS Islas Malvinas (Falklands)  desde 1982.



 13/05/11 | El Gobernador de la provincia, Miguel Saiz, aprobó mediante Decreto suscripto en la fecha, la reglamentación de la Ley Nº 4.626, por la que se crea el Registro Provincial de Soldados Convocados Continentales dentro de la órbita de la Dirección General del Registro Civil y Capacidad de las Personas. La norma establece que ese registro incluirá datos personales, de destino durante la gesta de Malvinas, certificación de la Fuerza Armada a la cual haya revestido e informe socioeconómico del grupo familiar del ex soldado.
 
Una vez finalizada la etapa de compilación o vencido el plazo para ello (90 días a partir del 1º de junio de 2011), la autoridad de aplicación elevará al mandatario provincial y al presidente de la Legislatura, un informe final que dará cuenta de los datos registrados y de las necesidades detectadas en los ciudadanos registrados y sus grupos familiares.
 
Por tal motivo, el Ministerio de Gobierno, a través del Registro Civil deberá solicitar al Ministerio de Defensa de la Nación, que mediante el organismo militar correspondiente extienda los certificados militares que acrediten suficientemente el destino durante la gesta de Malvinas, de las personas registradas.
 
De esta manera, la autoridad de aplicación dispondrá de los formularios de inscripción y realizará acuerdos con las ONG´s y agrupaciones de ex soldados continentales, para recabar información.
 
Cabe señalar que el Registro comprenderá a todos los ex soldados conscriptos en las clases 1962, 1963 y clases anteriores prorrogadas, quienes fueron incorporados, convocados, movilizados, desplazados o de alguna otra manera se encontraban bajo bandera en cumplimiento del Servicio Militar Obligatorio, entre los días 2 de abril y 14 de junio de 1982, en el ámbito del territorio continental y acrediten como mínimo cuatro años de residencia en Río Negro.
 
En este sentido, los ex soldados deberán presentar fotocopias del Documento Nacional de Identidad (DNI), certificado de matrimonio, de nacimiento de cada uno de sus hijos, de discapacidad si así lo requiere, informe social del Ministerio de Familia y certificación de la Fuerza a la que perteneció.
 
Por su parte, en el caso de los ex soldados que hubieran fallecido, la esposa deberá presentar certificado de matrimonio y de defunción del mismo, acompañado certificados de nacimiento de los hijos.
 
En el caso de la concubina que hubiera tenido hijos con el ex soldado fallecido, deberá presentar certificados de nacimiento de los hijos con mismo apellido del padre.
 
Cabe señalar que la documentación requerida deberá presentarse sin tachaduras, enmiendas, sobreescrituras ni borradas, a efectos de garantizar la legalidad de las mismas.
 
Para ello, el Registro Civil deberá solicitar los originales de la documentación a presentar, con la finalidad de certificar las fotocopias que conforman cada expediente.
 Fuente: Secretaría de Comunicación de la Gobernación de Río Negro




¿Qué es un Teatro de Operaciones?..
 
Un teatro de operaciones, es una zona ambiental destinada a las 
operaciones de guerra, que  corresponde  a  la  posición  controlada  por   uno  o  varios  actores  en  conflicto, conforme al propósito de ataque o defensa; según el objetivo estratégico militar.
 
 
¿Cuántos Teatros de Operaciones se crearon por el conflicto?..
 
 
Oficialmente se  conocen tres Teatros, El TOM,  El TOAS   y  El  TOS Cuerpo de Ejército V. 
El   primero   (Teatro de Operaciones Malvinas)  se  sucedió  dando  lugar  al  operativo Rosario (desembarco Argentino en Malvinas)  y   se  reglamentó   por  el  decreto  S675 del 1ro de Abril de 1982, (S) significa secreto. Y fue literalmente disuelto por el decreto 700, del 07 de Abril,  que  creó  el  TOAS  desde  la desembocadura del Río de La Plata, la Patagonia Austral,  e  incluyó  a las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del sur.
El  tercero,  se  constituyó   básicamente  por  la    jurisdicción  territorial  del Cuerpo de Ejército V,  aunque también en el sentido Operacional, absorbió elementos (regimientos o unidades) de otras jurisdicciones. Como así también contó con elementos creados para el conflicto y un plan esquemático de ataque a la República de Chile.
Debemos añadir que el General de División Osvaldo García -Cuerpo de Ejército V-  fue el  comandante de  toda  operación  terrestre  se  llevó  a  cabo  durante el período de La guerra.
No  obstante,  ambos   Teatros  Continentales, contaron   con  órdenes   de   operaciones  destinadas  a  la  defensa   del   litoral  marítimo   por  bloqueo,   operaciones   logísticas  se  requerían  en las Islas y despliegues de ataques de La  Fuerza  Aérea Argentina. Con la  salvedad,  EL TOS,  también  cumplió   con   la   acción   de   bloqueo   por  defensa   sobre la frontera cordillerana.
 
 
 
 
 
02.02.01.                                                                                  EL TOAS
 
… Por Cadena nacional. (Radio y difusión).
 
COMUNICADO  DE  LA  JUNTA  MILITAR  Nº. 19.-       
“La junta  Militar  comunica  a  la  ciudadanía que por decreto  Número 700 del Poder Ejecutivo  Nacional,  se  ha  constituido,  a partir de las 19:00 horas del 07 de Abril de 1982,  el  “Teatro de Operaciones  Atlántico Sur”,  cuya  jurisdicción  comprende  200 millas  marítimas  desde la costa del territorio Continental  y  alrededor  de  las islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur.
Se ha designado Comandante del mismo al Señor Vicealmirante, Don Juan José Lombardo”
 
02.02.02.              EL TEATRO DEL CUERPO DE EJÉRCITO V.         
 
Si  bien  este  teatro  de  Operaciones  ya  había  conquistado  su  pertenencia  de ser, en consideración,   “El   proceso  de  Reorganización  Nacional”  lo  había   avalado  como una demarcación  jurisdiccional  establecida,  para la lucha  que los militares   llamaban “antisubversiva”. Ahora, en el  cumplimiento  de  sus  verdaderas funciones especificas, como  lo  es  en  realidad, una  Guerra  con  el  exterior,  se  ajustó consistentemente a la problemática militar.
Podemos  decir  entonces,  ante   la  problemática   de  la  demarcación,  los  límites  que configuraron la zona a controlar y al efecto de orientar  las  acciones militares, ya  había sido diseñada;  correspondiendo  naturalmente  a la jurisdicción territorial del Cuerpo de Ejército V, pero con el vergonzoso propósito de la desaparición forzada de personas.
Por consiguiente y simplemente, en relación a la campaña por Malvinas podemos decir:
 
Primero:   El TOS su compatibilidad teórica conforme a la “situación ambiental”.    
 
Debemos  considerar,  toda  teoría  debe  anteceder a  los hechos; pero si advertimos las personas  no  viven al margen de estos…  Entonces,   a  toda  teoría,  se  le  debe  sumar  la  carga  de información modeladora que porta el ser humano conforme a una situación nueva.    
Por lo tanto,  esta  acción  modeladora puede ser conciliadora para con la teoría en sí, o romper  de  lleno  con el concepto teórico; por lo cual, se la debe exponer a un examen, insertando  nuevas  hipótesis,  basadas  en   potencialidades  adversas  al  plano  teórico previamente diseñado.
Por lo tanto,  conforme  a  la   observación   del   problema   militar  explícito,  el  TOS, arrojó resultados positivos en cuanto a su finalidad, lo comprendió entre el 02 de Abril y el 14 de Junio de 1982. Puesto cumplió de forma con las siguientes valorizaciones:
 
                  a)  No generó  contradicciones  lógicas  en cumplimiento consistente con               
                       la observación.
 
* Los  servicios  de Inteligencia, alertaron al Comandante del cuerpo V sobre la posible invasión   al  continente,  denominada   Operación  MIKADO,  dirigida  desde  La  Isla Ascensión.
 
 
 
 
* Los servicios de Inteligencia, señalaron la Infiltración de saboteadores y espías en el continente.
* Sirvió de plataforma de despegue de la Fuerza Aérea.
* Contuvo el caudal humano necesario en consideración de enfrentar una invasión a gran escala. (Bloqueo por defensa)
* Contuvo  la  iniciativa  de toda resolución militar, por ante nuevas planificaciones de estrategia.
* Se constituyó como una zona ambiental propia de las acciones bélicas.
 
b)      Mantuvo su estabilidad de sentido estadístico, sin portar datos lejanos a su propiedad explicita.
 
Su estabilidad de sentido estadístico, se  confirmó  mediante  su  finalidad operativa. Es decir,  se constituyó  como  una  zona  ambiente orgánica y funcional a su propiedad.
 Cuidó de los elementos militares en transito.Cuidó de la infraestructura civil y militar.Cumplió con las acciones logísticas.Dispuso de acantonamientos estratégicos.Cumplió  con  el  cuidado  de  la  soberanía  continental  constituyéndose  como “elemento de Bloqueo”. 
       
c)      Logró su sentido de pertenencia a partir del caudal – recursos humanos- circunscriptos a su finalidad.
 
Por tratarse de una zona definida como ambiental; es decir, comprometida para el uso de  la  guerra  en  estrecha  relación  a  una  problemática,  fue el componente humano (Soldados) le otorgó su sentido de ser constituido.
 
d)      Se caracterizó por su capacidad descriptiva.
 
Toda observación,  alcanzada por las fuerzas, por  los actores militares que ocuparon la zona de dominio TOS,  concluyo abiertamente con  su descripción. Es decir, se trató de un territorio altamente operacional en propósito del desarrollo de las acciones bélicas.
Tal  es  así,  que  todo  rasgo  de  identidad  hace  a  una  zona ambiental de este tipo; es precisamente, describe  su  posición  existencial en relación a su finalidad. Aun, cuando ésta,  en el  transcurso  de  una  guerra  sufra  modificaciones,  le  resulten  propias de la situación.  Pero,  existe   una   posición   básica   que    caracterizó   al  TOS  durante  el conflicto  y  que  no  podemos desconocer o negar; cumplió con “La defensa Nacional, por acción de Bloqueo”.              
Así mismo, debemos señalar que en el ámbito de una Guerra, toda  toma de decisiones, emanan de una observación conforme al problema militar; puede  conducir  a  cometer errores  sistemáticos.  Pues,  la  información  que  porta  el  problema  casi  siempre  es incompleta, en  virtud  que  las  acciones  bélicas,  y  más precisamente, en la acción de defensa ; el factor “incertidumbre” juega un papel preponderante. Es decir, nadie puede evaluar con exactitud como y cuando va a ser atacado.
 
 
 
Por  lo  tanto,  todo  Comandante  Operacional si bien debe gozar de un plan estratégico, también, debe valerse de su capacidad heurística, implica, confeccionar nuevos patrones de análisis  por sobre una teoría  ya establecida, insertando esquemas y tablas de valores que le  permitan  reformular  el problema consecuentemente de la situación se sucede en tiempo real.    
Es  decir,  debemos  coincidir  entonces,  que  el  problema  militar  en el continente, fue abordado  desde  varios  ángulos  posibles  de  observación;  o sea,  desde la perspectiva empírica y alcanzando sus connotaciones abstractas, o mas bien, generales.
* Ver órdenes de operaciones y acta acuerdo CEOPECON.
 
Capacidad heurística: Rasgo  que  posee  el  ser  humano,  en  situación de resolver un problema mediante el pensamiento divergente o análogo, ante el problema en sí.
 
02.02.03.                                           EL CEOPECON
 
El centro de Operaciones Conjuntas CEOPECON, se  consolidó el 24 de Mayo de 1982. Este cuerpo colegiado se creó en respuesta de una mayor organización operacional y fue avalado por el COMIL. Es decir; por el Mando de nivel estratégico y  El  Estado Mayor Conjunto.
Consecuentemente, esta entidad se responsabilizó de la conducción Operacional, hasta finalizada  la guerra. Generando una fusión entre El TOAS y El TOS Cuerpo de Ejército V.    
El Centro de Operaciones Conjuntas se formalizó en virtud de coordinar las acciones de las tres Fuerzas  tanto, en  el  espacio Aéreo,  marítimo  y  terrestre  que  comprendió  al Continente   en   relación   a  sus   bases   logísticas,  instalaciones   militares  (cuarteles) infraestructura de uso civil y militar ( Acueductos, gasoductos, Aeropuertos, y todo otro objetivo de valor, pudiese atacar el enemigo).
Debemos señalar, que  la  Doctrina  de  la Seguridad Nacional  gozaba de plena vigencia y  que   los  Comandantes   tenían   esa   constante   preocupación,  respecto de no solo a  una invasión a gran escala, sino también de todo sabotaje se pudiese llevar a cabo dentro del territorio Nacional, que atentase contra el mismo régimen.
Por infiltración  de  comandos  Ingleses  y  a su vez, concensuado con los elementos que ellos,   llamaban “subversivos”.
No obstante, podemos  advertir que la creación del CEOPECON, le dio el carácter legal se merecía el TOS Cuerpo de Ejercito V.          


¿Qué es un bloqueo por ataque y defensa?...
 
a)      Bloqueo por ataque: Se  caracteriza por ser una 
acción bélica destinada a evitar lleguen suministros, tropas  e  información a una posición controlada por la parte adversa  en  conflicto;  con  el  propósito  de  atacarlas  o  exigir  su rendición, al primer síntoma de debilidad expongan.
b)      Bloqueo por defensa: Se constituye como una acción de cuidado que guarda su relación indisoluble con la defensa nacional.
 
¿Cómo se llega a establecer un Bloqueo por defensa?...
 
Todo Bloqueo por defensa, requiere de una planificación cuya acción militar comprende desde  los  ejercicios  de  una  simple  guarnición,  a  lo largo de una  carretera y hasta la concentración de cientos o miles de tropas; en  posición  de denegar  el acceso masivo o en pequeña escala numérica de enemigos, a la zona ambiental de cuidado.
Siempre,  en  resguardo  de  un interés  objetivo fijado  por  una  estrategia  militar  y de infraestructura  humanitaria civil; consiste  el  uso  de   puertos,  Aeropuertos,  ciudades, gasoductos, oleoductos etc.-
 
Esta acción militar se rige por cuatro reglas generales a saber:  
    
Primero: Se debe considerar el valor objetivo.
“El  valor  posee  el  objetivo,  debe   justificar  la  necesidad   y  acción  de  bloqueo. La Soberanía Nacional, cumple en todos los casos con esta necesidad por ante una amenaza externa”. 
 
Segundo: La potencia del bloqueo debe ser en todo caso superior a la fuerza intencional adversa.
“Esta   potencialidad  se  constituye  básicamente  por  el  -caudal elemento humano-  se dispone  necesariamente  en  igualdad  de situación estratégica y operacional por ante la previa de un ataque o a modo de disuasión por ante las fuerzas enemigas”.
 
Tercero: Disposición y conocimiento de las zonas a controlar.
“Saber   con   exactitud  el  valor  objetivo  de  infraestructura  soberana  y por donde se mueven  las  fuerzas   amigas,  es  de  vital  importancia  en  la acción de protección por bloqueo”
 
 
 
Cuarto: La fuerza pertinente debe ser capaz de sostenerse en acción de Bloqueo por el tiempo sea necesario.
“El éxito depende de todas las fuerzas que lo sostienen”.
 
 
02.01.00                   CRONOLOGIA DE UNA REGLAMENTACION
 
Según   el   Varón   Albrecht   Emil  Von  Ron  (1803-1879),   Ministro  de  Guerra    de Guillermo I.  Prusia,  necesitaba  de una  reorganización  de sus Ejércitos.
Así fue que,  Von  Ron  y  su  adjunto  teórico Bismark, hacia  el año 1859 iniciaron esa reforma ,que incluyó desde la obligatoriedad del servicio militar para los varones “de 23 años de edad”  y  hasta  la propia  reglamentación  de las  Guerras, que  llegó a  La Haya a  finales  del siglo XIX,   para  consolidarse  en  ese  ámbito  Jurídico  recién  en  el año 1907.
Tal  es  así,  que  a  partir de ese año, La guerras poseen un reglamento de cumplimiento obligatorio  para todo conflicto bélico internacional  se lleve a cabo y que el mundo hoy conoce como “Guerra Convencional”.  Es decir, el uso de este término, precisamente se enuncia así, porque emano de “Las Convenciones de La Haya de 1907”.
 
Ahora  bien,  esta  reglamentación  que  corresponde  a  las  acciones  bélicas,  posee   la particularidad de describir, tres posiciones básicas adoptan las Naciones, afines al marco de una Guerra  y  que  se caracterizan por responsabilizar a los mandos según el nivel de conducción. Como  así  también,  establecen   por  convención,  contemplar el estado de los combatientes.
Si bien, hoy reconocemos como guerra convencional, a toda acción militar en un ámbito operativo que  desconoce  el  uso  de  armas  de  destrucción  masiva,  también debemos reconocer,  existió  la  necesidad  de  una  reglamentación  en  consideración  que  hacia finales del siglo XIX, la revolución  Industrial ya era un hecho consumado, y  que  a  su vez,  prometía  inherentemente  insertar  en  la  guerra   nuevas  tecnologías  capaces  de ocasionar en el enemigo y las poblaciones civiles, daños por demás irreparables.
Pues  bien, esta reglamentación, dispuso de un orden  en  el caos  es, nos representa una Guerra en sí. Y se fundamentó en que sus  niveles se constituyeron por ser:
 
                                  “Estratégicos, operacionales y tácticos” 
  
Nivel Estratégico: Se  caracteriza  por  ser  de  propiedad  de  los  altos  mandos  y  que comprometen al Poder Ejecutivo de la nación plenamente, en virtud es, quien determina estratégicamente o fija las causas por las cuales  el País, debe ejercer sus derechos  a las hostilidades.
Explícitamente,  comienza   en   la  determinación  de  una  estrategia  que  involucra  al presidente, expone  al canciller, y  por  derecho  comprende, desde la convocatoria a  las armas de los ciudadanos, destino de  los  soldados,  recursos  y la orden de  construcción de planes esquemáticos de campo, para el inicio de las operaciones.
Es decir:Establece el valor objetivo militar y patrimonial bajo responsabilidad.Asegura  el  caudal  humano  (fuerzas)  y  medios  al efecto del desarrollo de las operaciones.
 
 
 Establece bajo órdenes el aporte logístico necesitan las tropas, de principio a fin de la campaña o contienda.En  nuestro  caso;   en   ausencia  de  la democracia   este  nivel    responsabilizó  al Dictador GALTIERI, en consideración de sus decretos (PEN) Poder ejecutivo nacional  y  al COMIL  (comité militar).  Observando,   El   Dictador    participó activamente  en   éste  comité;  puesto  durante   El   Proceso  de  reorganización nacional,   existió   la   figura  de  Teniente  General  por  sobre  sus  subalternos General de División y General de Brigada.   Los decretos que se conocen hasta la actualidad y que firmo El Dictador, fueron: S675-  688-  S700- 806- 807- 867  y 999/82.COMIL (Comité Militar): GALTIERI    Tte.  Gral. - Ejército-;    LAMI   DOZO Brigadier. -Fuerza Aérea-  ANAYA,  Almirante – Armada Naval-   
 
Tal es así que,  La  Estrategia de nivel Nacional   fue  ejecutada  como  DENAC  1/82 conocida como Directiva  Estratégica Nacional  1/82;  en  propósito  de  “Consolidar  la Soberanía  Argentina  en las islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur y contribuir a afirmar su pleno ejercicio en el Atlántico Sur”.
 
Nivel operacional: Este nivel, se  le  atribuyó  a  los  más  próximos  al  campo práctico Es   decir,   a  Generales  de  División  y  de  Brigada;  en   el   caso  de  Ejército,   y   en consideración, de las otras Fuerzas, a los subalternos de LAMI DOZO  y  ANAYA.   Debemos  comprender,  en   este  nivel,  ya se trata de órdenes explicitas de operaciones que   caen,   sobre  las  tropas   predispuestas   al  campo   práctico,  u   operacional   que  comprende  a  toda  acción  de  Bloqueo  por  ataque  y  defensa.  Como  así  también, se constituye  por  ser,  el nivel que anticipa una orden táctica, conforme al plan estratégico nacional.
En consideración de  este  nivel, podemos  advertir que si bien  se  nos   presenta   como  distinto  al  nivel  estratégico;  ambos poseen una  estrecha  relación entre si,  que  en  el marco operativo, puede, se confunden.
Puesto,  el  aporte  logístico,  depende  del  valor objetivo estratégico, y en la acción que lo representa; es una operación de Guerra.    
 
Responsables operacionales: García Gral. de División - Ejército-  Comandante “TOS” Cuerpo de Ejército V.  Lombardo,  Vicealmirante –Armada-  Comandante  “TOAS”  y Weber, Brigadier Mayor -  Fuerza Aérea.
      
 
Nivel Táctico: Este  nivel  último, emana de la necesidad del Plan estratégico nacional siendo el subsiguiente, en relación al nivel Operacional. Lo cual implica,  que:
“Los  Ejércitos  en  campaña,  son unidades  indivisibles representativos de una Bandera conforme  al  interés  y  propósito  de  la  estrategia  militar,  adopta la nación, de la cual emergen”. 
Es decir, este nivel se identifica en el marco de los combates o contacto de fuego con el enemigo,  en  consecuencias  del  valor  objetivo  fijado. Y  comprende incluso, hasta el desarrollo de planes de ataques llevados a cabo por pequeñas unidades.
 
 

 



¿Porqué  los  conflictos  bélicos Internacionales se llevan a cabo entre países y no entre fracciones de uno y otros enteros?...
 
Porque toda fijación de límites  construye  la soberanía de lo propio, desde sus orígenes, requiere  de  su  cuidado  permanente  y  no  solo  desde  la óptica teórica; sino también, desde  la  acción, se  identifica con  un campo práctico.
Todo  ámbito  soberano   creado  y   reconocido  por  un interior, deberá ser expuesto a reconocimiento  exterior,   a  través  de  la  legislación  comprende, El derecho Publico Internacional, y prima en  La Organización de Naciones Unidas. (ONU).
 
Carta Orgánica de Las Naciones Unidas.
 
Art. 51.   Ninguna  disposición  de  esta  carta   menoscabará  el  derecho  inmanente  de legítima defensa, individual o colectiva, en caso  de  ataque armado contra  un  miembro de  las  Naciones  Unidas,  hasta  tanto  que  el  Consejo de  Seguridad  haya  tomado las medidas  necesarias para mantener la Paz y la seguridad Internacionales.
Las  medidas  tomadas  por  los miembros  en  ejercicio del derecho de legítima defensa, serán  comunicadas  inmediatamente al Consejo de Seguridad, y no afectaran en manera alguna  la  autoridad  y  responsabilidad  del  Consejo  conforme a la presente carta para ejercer  en  cualquier  momento  la acción que estime necesaria con el fin de mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales. 
 
¿Qué entendemos por Defensa nacional?...
 
Defensa nacional: Acción militar destinada a evitar o rechazar los ataques, que puedan  realizar  los  oponentes  en conflicto por sobre la soberanía de lo propio, constituida por territorios, intereses  económicos, de infraestructura, culturales, civiles y militares de la Nación.
 
Ley de Defensa Nacional  16.970 – Decreto 739/67.
Titulo II; Jurisdicciones, Art. 31.
 
“Se  declara  teatro  de  Operaciones las partes o parte del territorio nacional necesarias para  el  desarrollo de operaciones militares. El decreto deberá contener la delimitación expresa  del  teatro  de  operaciones,  su  denominación,  la  fecha  de  cuando  entra en vigencia y la designación de su comandante”.